* Advierten que el SAT reforza sus funciones, pero complica el cumplimiento de obligaciones fiscales a los contribuyentes
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Altos riesgos de multas y hasta presunciones de delitos fiscales por simples
errores administrativos
Tijuana, 27 de julio de 2022.- Quedan poco más de cinco meses para que todos los contribuyentes, y, sobre todo, las empresas, se preparen para el minucioso y correcto uso de la Facturación 4.0, para no ser sujetos de multas, o, incluso, de la presunción de delitos fiscales, advirtió el C.P. David Mojica, Tesorero de la CANIETI Noroeste.
En ese sentido, en el marco del Mixer Empresarial “Comprobante Fiscal Digital por Internet Versión 4.0”, el Presidente de la CANIETI Noroeste, el Lic. José Luis Villasana Beltrán refrendó el compromiso de la Cámara de defender a los socios, y, a preparar al personal que sea necesario para el proceso de CFDI 4.0.
Ese tipo de facturación
debió entrar en vigor el 1 de enero de este año 2022, pero, debido a que ni la
plataforma estaba preparada, ni el personal de las empresas y los
contribuyentes en general, entrará en vigor el 1 de enero del próximo año 2023.
Aunque hablan de
simplificación de procesos, la verdad es que el SAT reforza sus funciones, pero
complica el cumplimiento de obligaciones fiscales a los contribuyentes.
Por simples errores
administrativos, indicaron el contador público certificado José David Mojica
Hernández, y el maestro en derecho fiscal empresarial, Raúl Melgar Díaz, el SAT
puede modificar y aumentar -sin avisar- las obligaciones fiscales, e incluso,
presumir la comisión de algún tipo de delito fiscal.
Los errores administrativos tienen que ver con los códigos de productos o servicios, con los códigos postales, con el giro comercial, los conceptos, y todo lo que debe ser acorde a la información que registramos ante el SAT, es decir, que, todo lo que se cobre y lo que se pague tenga relación precisa con el régimen fiscal y la información que la autoridad hacendaria tiene de nuestro registro.
Como ejemplos de
presunciones de incongruencias o inconvenientes citaron la facturación de
productos o servicios de una empresa de reciclaje de productos plásticos, pero
que se emita factura por productos pétreos, o, incluso, que el SAT asuma que
también produce bebidas, como es el caso de las embotelladoras, y, por no
reportar esa actividad, ya presumen una evasión fiscal.
Así mismo, no se
admiten deducciones de productos o servicios que no tengan ninguna relación con
la actividad económica registrada, al grado de que, podría el Sistema de
Administración Tributaria no admitir deducciones de gastos médicos
particulares, por ejemplo.
Por otra parte, si una
empresa paga salarios a personal cuyo RFC no actualizó su código postal, el
cual resulta ser de una localidad fuera de aquella en la que la empresa se
ubica, el SAT exigirá que le aclaren si la empresa tiene una sucursal en esa
otra entidad, o le cargará más impuestos por contratar personal foráneo, sobre
todo si son de otros países.
Esa es la razón por la
que las empresas han solicitado a sus trabajadores para que presenten su Carta
de Situación Fiscal, para emitir los CFDI de pago de nómina de la manera
correcta, y/o pedir a sus trabajadores que actualicen su información del RFC a
la localidad donde están ahora laborando.
Otra de las características controversiales de la Facturación 4.0 es la tajante regla fiscal de no aceptar cancelaciones de facturas, lo cual también es ampliamente discutible.
Sobre todo, el llenado
de los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) implica que el Sistema de
Administración Tributaria podrá acceder a mucha más información personal de los
contribuyentes y usarla de manera arbitraria, contra lo cual los legisladores
de nuestro país ya debieran estar trabajando para proteger la información
confidencial, como ya se hace en otros países.
En eso también está
trabajando la CANIETI Noroeste, en unas propuestas de reformas de ley, confirmó
el Presidente de la Cámara, José Luis Villasana Beltrán.
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