Condonación del 100 por ciento en multas y recargos estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2021
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No es aplicable a multas por estacionar vehículos en zonas prohibidas como
rampas y acceso para discapacitados, así como infracciones establecidas en el
artículo 119 del reglamento de Tránsito y Control Vehicular
Libertad, Tijuana, B.C., Marzo 03 del
2021.-Del mes de marzo a
septiembre del año en curso, los contribuyentes podrán realizar el pago de
impuestos y derechos con el 100 por ciento de descuento en multas y recargos
generados por incumplimiento de los ejercicios fiscales 2021 y anteriores,
decreto aprobado por unanimidad en sesión extraordinaria por el Cabildo de
Tijuana.
El
pago de multas por incumplimiento a los Reglamentos Municipales de Tijuana,
durante el periodo antes mencionado, podrá ser efectuado por los contribuyentes
con la condonación del cincuenta por ciento de descuento en multas generadas
con anterioridad siempre y cuando sean liquidados en su totalidad.
Lo
anterior no es aplicable a multas por estacionar vehículos en zonas prohibidas
como rampas y acceso para discapacitados, así como infracciones establecidas en
el artículo 119 del reglamento de Tránsito y Control Vehicular.
Las
condonaciones no podrán ser acumuladas con ningún otro descuento. Cabe
destacar que el otorgamiento de los beneficios mencionados no tendrá lugar a
devoluciones, compensaciones o a reclamo alguno y no será de aplicación
retroactiva para los contribuyentes que hayan realizado sus pagos con
anterioridad.
Aquellos
contribuyentes que durante la vigencia del acuerdo tengan celebrado o celebren
algún convenio que les autorice el pago en parcialidades con la Autoridad
Fiscal, podrán adherirse al acuerdo únicamente sobre su saldo insoluto y/o
pagos realizados durante la vigencia del mismo. Su adhesión no otorga
derechos a compensación o devoluciones de los pagos efectuados con
anterioridad.
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