Emite comisión del IEEBC lineamientos que regulan notificaciones electrónicas y estrados electrónicos
* El dictamen se remitirá al Consejo General para sus consideraciones
Libertad,
Mexicali, B.C., Abril 26 del 2021.-En sesión de dictaminación
celebrada este martes, la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos del
Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), aprobó por unanimidad
el dictamen número 37 en el que se emiten los lineamientos para regular las notificaciones
electrónicas y los estrados electrónicos de este organismo.
La Consejera Electoral y
presidenta de la Comisión Lorenza Gabriela Soberanes Eguía, señaló que estos
lineamientos tienen como objetivo el regular las notificaciones y
comunicaciones que se practiquen en forma electrónica por el IEEBC, a través de
los diferentes órganos y áreas que lo conforman.
En lo relacionado con las
notificaciones electrónicas, los lineamientos establecen que será necesario la
manifestación de la persona interesada de aceptar que las notificaciones se
realicen de manera electrónica, a través de una cuenta institucional, en caso
contrario las notificaciones se realizarán en los términos que dispone la Ley
Electoral y demás normatividad aplicable.
En ese sentido, el
procedimiento constará en que la servidora o servidor público del IEEBC deberá
realizar la notificación desde su cuenta institucional y se especifica lo que
se contendrá en el cuerpo de correo, así como el peso y formato de los archivos
adjuntos.
En cuanto a los horarios
para la práctica de las notificaciones, se establece que durante los procesos
electorales locales ordinarios o extraordinarios, las notificaciones
electrónicas podrán practicarse en cualquier día y hora, toda vez que de
conformidad con la Ley Electoral durante un proceso electoral todos los días y
horas son hábiles; fuera de ellos, las notificaciones electrónicas solo podrán
practicarse en días y horas hábiles, y en los horarios determinados por el
Consejo General.
Soberanes Eguía agregó que
las notificaciones electrónicas surtirán efectos a partir de que se tenga el
acuse de recibo que genere automáticamente la cuenta institucional; esto es, a
partir de su recepción en el buzón del destinatario.
En cuanto a los estrados
electrónicos, estos se definen como un espacio habilitado en el portal de
internet del Instituto destinado para publicitar las determinaciones adoptadas
por los órganos y áreas del Instituto, a fin de que la ciudadanía y partes interesadas,
realicen la consulta remota y de fácil acceso a estas.
La Presidenta de la Comisión
señaló que los órganos y áreas del Instituto podrán determinar aquella
información que deba publicarse a través de los estrados electrónicos, y serán
responsables de la misma, así como de los documentos que se publiquen, y de la
protección de los datos personales en los términos de la legislación aplicable,
por lo que cada órgano o área deberá realizar las solicitudes de publicación en
el portal institucional, a la Coordinación de Informática.
Destacó que las
notificaciones que se practiquen en estrados físicos, deberán ser difundidas
también en los estrados electrónicos, de conformidad con la normatividad
aplicable.
Agregó que la Coordinación
de Informática será la responsable de administrar y actualizar las
publicaciones que las áreas u órganos del Instituto soliciten que se difundan a
través de los estrados electrónicos, así como de todas aquellas cuestiones
técnicas para el correcto funcionamiento de los mismos.
Finalmente, la Consejera
Electoral señaló que el dictamen aprobado este día por la comisión será
remitido al Consejo General para que este emita sus consideraciones en sesión
de Pleno.
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