Emite comisión del IEEBC lineamientos que regulan notificaciones electrónicas y estrados electrónicos

* El dictamen se remitirá al Consejo General para sus consideraciones

Libertad, Mexicali, B.C., Abril 26 del 2021.-En sesión de dictaminación celebrada este martes, la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), aprobó por unanimidad el dictamen número 37 en el que se emiten los lineamientos para regular las notificaciones electrónicas y los estrados electrónicos de este organismo.

La Consejera Electoral y presidenta de la Comisión Lorenza Gabriela Soberanes Eguía, señaló que estos lineamientos tienen como objetivo el regular las notificaciones y comunicaciones que se practiquen en forma electrónica por el IEEBC, a través de los diferentes órganos y áreas que lo conforman.

En lo relacionado con las notificaciones electrónicas, los lineamientos establecen que será necesario la manifestación de la persona interesada de aceptar que las notificaciones se realicen de manera electrónica, a través de una cuenta institucional, en caso contrario las notificaciones se realizarán en los términos que dispone la Ley Electoral y demás normatividad aplicable.

En ese sentido, el procedimiento constará en que la servidora o servidor público del IEEBC deberá realizar la notificación desde su cuenta institucional y se especifica lo que se contendrá en el cuerpo de correo, así como el peso y formato de los archivos adjuntos.

En cuanto a los horarios para la práctica de las notificaciones, se establece que durante los procesos electorales locales ordinarios o extraordinarios, las notificaciones electrónicas podrán practicarse en cualquier día y hora, toda vez que de conformidad con la Ley Electoral durante un proceso electoral todos los días y horas son hábiles; fuera de ellos, las notificaciones electrónicas solo podrán practicarse en días y horas hábiles, y en los horarios determinados por el Consejo General.

Soberanes Eguía agregó que las notificaciones electrónicas surtirán efectos a partir de que se tenga el acuse de recibo que genere automáticamente la cuenta institucional; esto es, a partir de su recepción en el buzón del destinatario.

En cuanto a los estrados electrónicos, estos se definen como un espacio habilitado en el portal de internet del Instituto destinado para publicitar las determinaciones adoptadas por los órganos y áreas del Instituto, a fin de que la ciudadanía y partes interesadas, realicen la consulta remota y de fácil acceso a estas.

La Presidenta de la Comisión señaló que los órganos y áreas del Instituto podrán determinar aquella información que deba publicarse a través de los estrados electrónicos, y serán responsables de la misma, así como de los documentos que se publiquen, y de la protección de los datos personales en los términos de la legislación aplicable, por lo que cada órgano o área deberá realizar las solicitudes de publicación en el portal institucional, a la Coordinación de Informática.

Destacó que las notificaciones que se practiquen en estrados físicos, deberán ser difundidas también en los estrados electrónicos, de conformidad con la normatividad aplicable.

Agregó que la Coordinación de Informática será la responsable de administrar y actualizar las publicaciones que las áreas u órganos del Instituto soliciten que se difundan a través de los estrados electrónicos, así como de todas aquellas cuestiones técnicas para el correcto funcionamiento de los mismos.

Finalmente, la Consejera Electoral señaló que el dictamen aprobado este día por la comisión será remitido al Consejo General para que este emita sus consideraciones en sesión de Pleno.

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