*Diputados integrantes de la XXIII Legislatura interpusieron recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación
*Cada
vez son más los casos en donde los ministros suspenden acciones de los
Congresos al realizarse indebidamente los procedimientos
Mexicali, 1 de agosto de 2021.- Diputados integrantes de la XXIII Legislatura interpusieron una acción de inconstitucionalidad contra la nueva "Ley del Agua, que municipaliza los organismos operadores, con lo cual se busca dejar sin efecto dicha medida.
Cabe recordar que la
iniciativa fue aprobada la semana anterior por mayoría simple en el Congreso
local y publicada en el Periódico Oficial del Estado el pasado 29 de julio.
Los legisladores que
votaron en contra de la propuesta, realizaron este 31 de julio la acción de
inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por
lo cual confiaron en que habrá una resolución positiva en las siguientes
semanas.
Vale la pena mencionar
que cada vez son más las resoluciones en donde los ministros de la Corte
suspenden acciones de los Congresos Estatales al realizarse indebidamente los
procedimientos.
En este caso se
violaron procedimientos legislativos elementales y diversos preceptos legales,
pues de acuerdo con el Artículo 30 de la Constitución del Estado, los
Ayuntamientos debieron ser citados con 5 días de anticipación para participar
en la Comisión, cuando no sucedió de esa manera.
De la misma forma se
presentaron irregularidades en los tiempos de notificación de los legisladores,
así como en la sesión de la comisión en donde se abordó la iniciativa sin tener
el quórum correspondiente.
En ese sentido, dicho
recurso legal se tramita en forma exclusiva ante la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, y a través de este se denuncia la contradicción entre la
Constitución y la iniciativa en mención.
De acuerdo al artículo
105 de la Carta Magna, las acciones de inconstitucionalidad pueden ser
promovidas por los legisladores locales o quienes conformen una minoría
parlamentaria que represente al menos el 33% del total de quienes integran el
órgano que haya expedido la norma impugnada.
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