* Entrará en vigor a partir del 1 de diciembre de 2021, por lo TLC Asociados advierte sobre la importancia de prepararse para cumplir con esta normativa
Libertad,
Tijuana, B.C., Noviembre 20 del 2021.-Debido a que a partir del 1 de
diciembre del presente año el transporte de carga deberá presentar el
complemento Carta Porte, es necesario que las empresas y operadores se preparen
para esta normativa, porque de lo contrario podrán ser acreedores de multas por
parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Lo anterior advirtió el
presidente del corporativo TLC Asociados, Octavio de la Torre de Steffano,
quien recordó que la Carta Porte es un documento de carácter declarativo
que registra un contrato de transporte y contiene información sobre los
términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía
transportada.
Esta decisión viene
acompañada del reto que implica el intercambio de información sobre el peso,
embalaje, y características de la carga punto de partida y destinos por parte
de su cliente, el RFC y número de licencia del operador, así como la
configuración del autotransporte y el tipo de remolque empleador en el viaje,
abundó.
También se suman nuevas
reglas en la operación, con la expedición del CFDI de tipo ingreso al inicio
del viaje, la facturación por servicio y cliente, así como obligación de
corregir el CFDI de ingreso cuando cambie el monto final y la cancelación del
complemento Carta Porte, para generar otro cuando cambie de operador o de
unidad.
Octavio de la Torre refirió
que el 27 de septiembre de 2021 se dio a conocer en el portal del SAT la
segunda versión anticipada de la “Tercera Resolución de Modificaciones de
la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021”, en donde se extendió el plazo
para la implementación del Complemento Carta Porte en los Comprobantes Fiscales
Digitales.
En este sentido, afirmó que
dicho documento debe ser declarado de forma obligatoria en el CFDI a partir del
1 de diciembre de 2021, y se entenderá de manera temporal durante el mes de
diciembre que los usuarios que expiden el CFDI y el Complemento Carta Porte,
aun cuando no cumplan con la estructura e instructivo de llenado hasta el 1 de
enero de 2022.
En relación con la temática,
comentó que el 26 de octubre 2021 fue publicado en el citado portal la nueva
estructura del Complemento Carta Porte que deberán declarar los sujetos
obligados conforme a los nuevos supuestos que establece disposiciones fiscales
que fueron publicadas el 29 de septiembre de 2021 en la tercera versión
anticipada de la RMF para 2021.
“La implementación del
complemento Carta Porte es un reto tecnológico para las empresas transportistas
del país, en especial para las micro y pequeñas y a pocos días de que entre en
vigor hay personas que todavía no dimensionan la importancia requerida para su
expedición”, expresó.
Finalmente, el abogado
fiscalista recalcó que es necesario que los distintos actores del comercio
exterior implementen controles y vigilancia sobre el intercambio de la
información y documentación que será utilizada en el despacho aduanero de la
mercancía con la finalidad de disminuir los riesgos de sanciones aduaneras y
evitar la pérdida de la continuidad de la operación de la organización.
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