* Para ello habrá un periodo de enero a abril para transitar del CFDI 3.3 al CDFI 4.0
Libertad,
Tijuana, B.C., Diciembre 09 del 2021.-Derivado de las reformas
fiscales para el próximo año, los contribuyentes deberán transitar hacia el
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en su versión 4.0, según el
tipo de actividades que realicen.
Dichas actividades se pueden
encontrar el artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, indicó el
Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados.
El abogado fiscalista
mencionó que como parte de las reformas fiscales, el CFDI no fue la excepción,
de ahí que trae una serie de modificaciones a partir del 1 enero el 2022, con
un periodo de convivencia entre el CFDI 3.3 y el 4.0, del 1 de enero del 2022
al 30 de abril del mismo año.
"El CFDI indicará la
versión 4.0, donde de manera obligatoria llevará el nombre y domicilio fiscal
del emisor del receptor", apuntó De la Torre.
Además, el cliente deberá
indicar su régimen fiscal en la factura emitida por su proveedor, mientras que
en las facturas globales se deberá especificar la periodicidad del CFDI.
"Habrá campos para
identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías, aun
cuando solo sean exportaciones temporales. y se identificará si las operaciones
que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos", resaltó el
abogado fiscalista.
Este nuevo requerimiento
incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las
operaciones con el público en general, dijo, así como aquellas que se realicen
a cuenta de terceras personas.
"Te recordamos que es
importante verificar con tu proveedor de sistema para realizar facturas
electrónicas, que realice las actualizaciones correspondientes a la versión 4.0
para cumplir con los requisitos derivados de la reforma fiscal", finalizó
el presidente de TLC Asociados, quien mencionó que para mayor información puede
escribir al correo tlc@tlcasociados.com.mx.
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