* A través de la aplicación IMSS Digital y del sitio web oficial del Seguro Social http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso se puede solicitar esta incapacidad
*
El Permiso está pensado para romper cadenas de transmisión del virus y favorecer
el resguardo domiciliario
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Es importante que los empleadores de México reconozcan el Permiso COVID, ya que
los efectos legales y administrativos son equiparables a una incapacidad
temporal para el trabajo
Libertad,
Tijuana, B.C., Enero 24 del 2022.-Del 10 de enero a la fecha,
el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha otorgado más de 171 mil
autorizaciones del Permiso COVID, a través de la aplicación IMSS Digital o en
línea, a los trabajadores registrados ante el Instituto que presentan síntomas
respiratorios.
Este trámite está dirigido a
trabajadoras y trabajadores asegurados ante la institución de manera directa
como titulares, y se otorga en una sola ocasión y hasta por siete días; si la o
el trabajador requiere de más tiempo, la recomendación es que acuda con su
médico familiar para que se le practique un examen médico y se defina la
conducta terapéutica a seguir.
Con el Permiso COVID el
trabajador obtiene su incapacidad y el pago correspondiente en su cuenta
bancaria, de manera fácil, rápida y sin necesidad de realizar traslados para
cobrar el subsidio, lo cual ayuda a romper las cadenas de transmisión del virus
y cumplir con el resguardo domiciliario.
De igual forma, es
importante que los empleadores de México reconozcan el Permiso COVID, ya que
los efectos legales y administrativos son equiparables a una incapacidad
temporal para el trabajo.
Al ser una respuesta ante la
pandemia, se encuentra disponible para las personas trabajadoras con
sintomatología de coronavirus, o aquellas asintomáticas que cuentan con una
prueba de laboratorio con resultado positivo, en donde deberán llenar un
cuestionario para obtener su permiso a través de la aplicación IMSS Digital o
el sitio web http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso.
El trabajador deberá agregar
su CURP, Número de Seguridad Social (NSS), Código Postal y dar clic en
“Iniciar” para responder los cuestionarios sobre síntomas, vacunación y
padecimientos preexistentes.
Posteriormente, el sistema
le pedirá ingresar información complementaria: número telefónico de contacto y
si cuenta con prueba de enfermedad respiratoria -aunque ésta no será
condicionante para el otorgamiento de Permiso COVID- cuando se presentan
síntomas.
Para finalizar la solicitud,
deberá proporcionar un correo electrónico y la cuenta CLABE interbancaria para
recibir el pago correspondiente; al obtener el Permiso COVID-19 deberá
notificarlo a su patrón con el fin de justificar la ausencia en su centro
laboral.
Cabe destacar que al
incorporar el NSS del trabajador asegurado ante el Seguro Social, se mejoró el
flujo de este aplicativo que es exclusivo para trabajadores. En caso de
requerir orientación telefónica o tener alguna duda sobre la aplicación, se
puede marcar al 800 2222 668, opción cero, para recibir asesoría.
Esta estrategia no está
sujeta al semáforo epidemiológico y tampoco pide como requisito obligatorio
presentar una prueba COVID. La duración de este Permiso es de siete días para
derechohabientes con síntomas y de cinco días para personas asintomáticas que
tienen prueba positiva.
El Permiso COVID-19 otorga
al trabajador un subsidio económico correspondiente al 60 por ciento de su
salario a partir del cuarto día de incapacidad; la incapacidad entra en el
rubro de enfermedad general.
En caso de que las personas
contagiadas desarrollen síntomas más graves o molestias de la enfermedad
durante la incapacidad de siete días, deberán acudir a atención médica o llamar
al 800 2222 668, a fin de prevenir complicaciones.
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