* Se da cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California
*
Autorizan al Consejero Presidente firmar convenio de colaboración con el INE
con motivo de la solicitud de referéndum legislativo IEEBC/CG/REF001/13-01-2022
Libertad,
Mexicali, B.C., Enero 31 del 2022.-El Consejo General del
Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), encabezado por su
presidente, Luis Alberto Hernández Morales, aprobó hoy por unanimidad el
acuerdo con el que se da complimiento a la sentencia RI-265/2021, emitida por
el Tribunal de Justicia Electoral del estado de Baja California (TJEBC).
Fue durante los trabajos de
la Tercera Sesión Extraordinaria donde, por unanimidad, se acordó proceder a la
entrega de la ministración de la prerrogativa del financiamiento público al que
tienen derecho a acceder los partidos políticos, sin que sea exigible la
expedición del CFDI, señaló el presidente del Consejo.
Lo anterior, explicó
Hernández Morales, debido a que los partidos políticos, no persiguen un fin de
lucro ni económico, no son proveedores de bienes o servicios que tengan como
propósito obtener una ganancia respecto a las actividades que realizan sino por
el contrario, son entidades de interés público que reciben un financiamiento
público constitucionalmente establecido, por lo tanto, no son sujetos obligados
para expedir CFDI.
Además, dijo, el
financiamiento público que reciben las instituciones políticas por parte del
IEEBC no está vinculado con la enajenación de bienes, prestación de servicios o
el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, sino que forma parte del
presupuesto para el desarrollo de su actividad.
Durante la sesión, el
Consejo General autorizó otorgar a la Comisión de Reglamentos y Asuntos
Jurídicos, presidida por el Consejero Electoral, Javier Bielma Sánchez, una
prórroga hasta por quince días hábiles para que resuelva sobre las propuestas
de reforma a la normatividad interna de esta autoridad electoral, sometidas a
su consideración. Dichos días serán contados a partir del día siguiente al del
vencimiento previsto en el artículo 26, párrafo 1, del Reglamento Interior.
En otro punto del orden del
día, se dio autorización al Consejero Presidente para que, asistido por el
Secretario Ejecutivo del IEEBC, Raúl Guzmán Gómez, suscriba el convenio
específico de apoyo y colaboración en materia registral a celebrar con el
Instituto Nacional Electoral (INE), con motivo de la solicitud de referéndum
legislativo identificada con la clave de expediente IEEBC/CG/REF001/13-01-2022.
Lo anterior, derivo a que,
de acuerdo a lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, corresponde al INE, de manera exclusiva, el manejo del Padrón
Electoral y la Lista Nominal de Electores. En ese sentido, dicho manejo lo
realiza a través de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores,
misma que de acuerdo a sus atribuciones, le corresponde formar el Padrón
Electoral, así como elaborar los listados nominales.
En ese sentido, se dio
cuenta que, al tratarse de una solicitud de carácter ciudadana, esta debe
contar con una determinada base social de respaldo, consistente en cuando menos
el 0.5% de la ciudadanía inscrita en el Listado Nominal de Electores del
Estado, cuestión que implica verificar si los registros que acompañan a la
citada solicitud se encuentran debidamente inscritos.
Por lo tanto, a fin de estar
en aptitud de determinar si la solicitud reúne el porcentaje ciudadano
requerido en la Ley de Participación Ciudadana, resulta necesario que el IEEBC
celebre el referido convenio, en observancia a lo previsto en los Lineamientos
emitidos por el INE.
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