* Se fortalece el marco jurídico de B.C. respecto al interés superior de la niñez
*
Evitar la afectación emocional producida por Alienación Parental
*
Dip. Juan Manuel Molina y Montserrat Murillo, los inicialistas
Libertad,
Mexicali, B.C., Febrero 20 del 2023.-Las y los legisladores
aprobaron en Sesión Ordinaria, la iniciativa de los diputados Juan Manuel
Molina García y Dunnia Montserrat Murillo López, que reforma la Constitución
Política, el Código Civil y Penal, y la Ley Orgánica del Poder Judicial, todos
de B.C., en aras de garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes para
convivir con sus padres, cuando estos se encuentren separados.
En su exposición de motivos
los promotores señalaron que, algunos de los padres encuentran formas para
dilatar el derecho de los menores a convivir con la otra figura paterna o
integrantes de la familia extensa, con el único afán de venganza, afectando
severamente el área emocional del menor al dejar de convivir de manera armoniosa
con la madre o el padre, según sea el caso.
Aun cuando en Baja
California, se ha avanzado en preservar las relaciones de los menores con sus
padres y de protegerlos de todo tipo de abuso o agresión, es un hecho que
algunas disposiciones legales adolecen de detalles u omisiones que no han
permitido frenar las conductas de quienes no han velado por la estabilidad de
sus propios hijos o familiares.
En su intervención en el
Pleno Juan Manuel Molina, precisó que la separación de las hijas o hijos de manera
injustificada, aqueja principalmente a las madres, mismas que señalan que los
procedimientos están siendo dilatados u obstaculizados en los juzgados de lo
familiar, en las fiscalías, así como otras instancias, dando origen a que se
presenten más casos de Violencia Vicaria.
Con este planteamiento de
reforma, se busca como garantía constitucional en Baja California, el derecho
de los menores a convivir con sus padres y madres, lo cual solo podrá en su
caso ser restringido por la decisión de un juzgador en materia, añadió el
legislador.
De esta manera ser reforma
el artículo 8 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja
California; los artículos 55, 65, 68, 420 BIS, 440, 441, 490 y 491 del Código
Civil; y del Código Penal los artículos 237, 237 TER y 237 QUATER, así como el
art. 78 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Baja California.
“Todo el contenido de la
presente iniciativa, tiene como finalidad, fortalecer el marco jurídico de Baja
California, respecto al interés superior del menor, estableciendo las
condiciones legales para erradicar situaciones como la manipulación parental,
que tanto afecta a la niñez de manera silenciosa, pero que repercute años
después afectando a las futuras generaciones”, dijo Molina García.
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