Aprueba Congreso del Estado la incorporación de infraestructura verde como parte de las acciones de urbanización
* Consiste en una iniciativa de reforma para su incorporación conforme a los planes y programas de desarrollo urbano correspondientes
* La iniciativa es del Diputado Román Cota, y fue dictaminada por las Comisiones de Medio Ambiente, y Desarrollo Metropolitano
Libertad, Mexicali, B.C.,
Junio 14 del 2023.-Fue aprobado por el Pleno el Dictamen No. 1 de las
Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable que preside el
Diputado Diego Echevarría y por la de Desarrollo Metropolitano, Conurbación,
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes que preside Ramón Vázquez.
El dictamen contiene una Iniciativa
de reforma al artículo 147 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja
California, presentada por el Diputado Román Cota Muñoz, a quien le
correspondió darle lectura ante el Pleno, obteniendo el siguiente sentido del
voto: veinte votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.
Se expone en el presente
documento que, a nivel federal y local se sustenta que el Estado tiene la
atribución de ejercer todas aquellas acciones, tendientes a la preservación y
restauración del equilibrio ecológico, como lo es, la de contar con áreas
verdes urbanas, con la posibilidad de mitigar el impacto de contaminantes de
corta vida, así como el moderar los extremos de temperatura y reducir el efecto
urbano.
En este sentido, de
conformidad con el Plan Estatal de Desarrollo de Baja California 2022- 2027, en
materia de medio ambiente y la lucha contra los efectos del cambio climático,
dicha materia, en la actualidad forma parte de la Agenda Política Nacional,
Estatal y Municipal. Por ello las áreas verdes urbanas adquieren relevancia y
sentido social en el sistema de planeación del desarrollo urbano en nuestro
Estado.
Por tales motivos, es que
estas Comisiones Unidas arriban a la convicción jurídica que lo aportado hasta
este punto, resulta apto y suficiente para declarar la procedencia jurídica de
esta propuesta, pues el fundamento jurídico para ello se encuentra al amparo de
lo establecido en los artículos 1o y 4 de la Constitución Mexicana y el
artículo 9 de la Constitución local; así como en diversas disposiciones. De ahí
que su procedencia jurídica resulte incuestionable.
Tal como quedó debidamente
asentado en el presente Dictamen, la pretensión legislativa, -del Diputado
Román Cota- se centra en que: “nuestro Estado debe tener por objetivo general
examinar los principios de sustentabilidad y la infraestructura verde como
estrategia para la mitigación del cambio climático, y sus lineamientos
necesarios para su implementación en Baja California”.
“Modernizar la infraestructura
y reconvertir las industrias para que sean sostenibles, utilizando los recursos
con mayor eficacia y promoviendo la adopción de tecnologías y procesos
industriales limpios y ambientalmente racionales de acuerdo con sus capacidades
respectivas.”
Lo que en esencia esta
Dictaminadora comparte plenamente, por las razones y argumentos antes
expresados. Sin embargo, se precisó que actualmente las políticas de desarrollo
urbano deben sujetarse a los programas estatales previamente establecidos.
En razón de lo anterior, se
aprobó el presente dictamen con el siguiente resolutivo único: Se aprueba la
reforma a la fracción V del artículo 147 de la Ley de Desarrollo Urbano del
Estado de Baja California, para quedar de la siguiente manera: V. Los
componentes del paisaje urbano o en sus áreas de equipamiento urbano tales como
áreas verdes, arboledas, jardines, mobiliario urbano y señalización,
implementando conforme a los planes y programas de desarrollo urbano
correspondientes, la incorporación de infraestructura verde.
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