* La propuesta fue presentada por la diputada Araceli Geraldo Núñez para reformar el artículo 110 del Código Nacional de Procedimientos Penales
* La iniciativa se encuentra
encaminada a reformar una disposición de competencia federal, por lo que será
remitida al Congreso de la Unión
Libertad, Mexicali, B.C.,
Junio 23 del 2023.-En Sesión Ordinaria del Pleno del Congreso, la
Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, que preside el
diputado Juan Manuel Molina García, presentó el dictamen número 73, correspondiente
a la iniciativa de reforma al artículo 110 del Código Nacional de
Procedimientos Penales, mismo que fue aprobado por mayoría.
La propuesta de reforma fue
presentada por la diputada Araceli Geraldo Núñez, para insertar en el Código
antes mencionado, al artículo 132, el nombrar a un asesor jurídico de oficio,
cuando el ofendido o víctima no sea localizado, a fin de que en su nombre
realice las intervenciones correspondientes en las etapas del proceso penal y
no dejarlo en estado de indefensión.
Sin embargo, en la práctica
como lo hemos estado mencionando muchos de esos ofendidos o víctimas ya no se
encuentran en su domicilio, no se pueden localizar para hacer de su
conocimiento la continuidad de su proceso hasta su culminación. Y en el numeral 110 de la Codificación
multirreferida no hace alusión que sucede en esos casos.
Por lo que, al realizar el
análisis de la propuesta, la Comisión consideró jurídicamente procedente la
reforma planteada por la inicialista, refiriendo que, tanto a nivel
Constitucional, como de la codificación procesal, se garantizan los derechos de
los ofendidos y víctimas de un delito, siendo uno de esos derechos que además
de contar con la institución del Ministerio Publico también deben de contemplar
con la figura de asesor jurídico.
Analizado lo anterior, esta
Comisión advierte de manera clara que la propuesta legislativa tiene bases y
soportes constitucionales, asimismo la iniciativa se encuentra encaminada a
reformar una disposición de competencia federal, por lo que la inicialista en
el uso de sus facultades presentó la iniciativa ante esta Soberanía,
solicitando haga suyo el planteamiento legislativo, con la finalidad de que sea
remitida al Congreso de la Unión.
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