* Al ser uno de los problemas que aquejan a nuestra sociedad, presenta una reforma al Código Civil del Estado
* En esta iniciativa plantea
que hijos estén obligados a darles alimentos, así como cuidado especial, y a
falta o por imposibilidad de estos, los descendientes más próximos en grado
Libertad, Mexicali, B. C.,
Julio 27 del 2023.-El Diputado Román Cota Muñoz, presentó una
Iniciativa de Reforma al artículo 301 del Código Civil del Estado de Baja
California, con el fin de evitar el abandono de las personas adultas mayores,
por ser uno de los problemas que aquejan a nuestra sociedad.
Al motivar su iniciativa,
expuso que el abandono social en personas adultas mayores se define como la
falta de atención y cuidado de los familiares y de la sociedad, cuyas
repercusiones afectan en gran medida sus aspectos biológico, psicológico y
emocional.
Mencionó que, en otra época,
el respeto y cuidado a los ancianos era un acto recíproco. En esta concepción,
hoy una parte de los adultos mayores (considerados de 60 años o más de edad en
la Ley de los Derechos, Protección e Integración de las Personas Adultas
Mayores), son seres marginados y vulnerables en su condición humana.
Situación que deriva de la
inseguridad social y económica a la que se enfrentan, por lo que muchos de
ellos, viven en una constante lucha por integrarse a la sociedad, y muchas
veces a sus propias familias, ya que han sido considerados a su vez, como
personas menos productivas y autosuficientes, por lo cual a menudo son víctimas
de discriminación y maltrato al interior de su entorno familiar.
En lo anterior –dijo- podemos
observar que el abandono o descuido, se encuentra dentro de una forma de
maltrato del adulto mayor, y sin importar la modalidad del mismo, sufrirá un
detrimento en su persona y como consecuencia sus derechos humanos serán
violentados.
Añadió que los estudios han
demostrado que la gran mayoría de los adultos mayores, no conocen cuáles son
sus derechos, lo que limita su exigibilidad y propicia actos de discriminación,
abandono y maltrato hacia ellos.
Por otra parte, subrayó que
las personas mayores que están siendo víctimas de un maltrato, se encuentran en
una situación de aislamiento y soledad, muchas veces sólo están en contacto con
las personas que ejercen sobre ellos el maltrato, y tienen miedo o están
imposibilitados para denunciar a sus propios familiares.
Por tales motivos, planteó una
reforma el artículo 301, del Código Civil del Estado de Baja California, para
quedar como sigue: Artículo 301.- Los hijos están obligados a dar alimentos,
así como del cuidado especial que requieran a los padres. A falta o por
imposibilidad de los hijos, lo están los descendientes más próximos en grado.
En el caso de aquellos adultos mayores de sesenta años de edad, que carezcan de
capacidad económica, deberán proporcionarles, dentro de sus posibilidades
económicas, lo necesario para su atención geriátrica, de preferencia
integrándolos a la familia, evitando en cualquier momento la situación de
abandono.
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